Insólito: cumple prisión domiciliaria y le pidió permiso al juez para ir a jugar al pádel

Ante la solicitud efectuada a un magistrado federal roquense, se hizo una audiencia. La fiscalía se opuso, pero todo dependerá de un informe de un cuerpo médico.

Muchos procesados y condenados evitan ir a la cárcel y no conformes
Muchos procesados y condenados evitan ir a la cárcel y no conformes, impulsan pedidos de más beneficios.

No resulta extraño que en época de feria judicial se eleven presentaciones por parte de algunos condenados o procesados y que tienen un denominador común: lo insólito. En este rubro se puede inscribir un pedido impulsado por un hombre de nombre Javier que, la semana pasada, participó de una audiencia junto a su defensor particular donde, sin sonrojarse, pidió permiso para ir a jugar al paddle. El hombre no recibió un rotundo no y se ilusiona con que el Cuerpo Médico Forense acompañe su solicitud.

La audiencia para tratar el sorpresivo pedido fue llevada a cabo el pasado 23 de enero y tuvo la intervención de la fiscalía, la defensa y un juez de Ejecución penal de la región. A través de la plataforma Zoom, la defensa explicó el motivo de la requisitoria y apuntó que su representado, que cumple prisión domiciliaria, necesita hacer ejercicio físico según recomendación médica. Sin embargo, no se limitó a esa explicación, sino que avanzó con un pedido para que su defendido sea autorizado para practicar paddle dos veces por semana y caminatas de una hora por día.

Un poco sorprendido, el fiscal interviniente se pronunció en sentido desfavorable.

A su turno, el juez no dio una respuesta afirmativa, pero abrió la posibilidad de que la solicitud sea analizada a partir de la presentación de la historia clínica del hombre y el posterior análisis del Cuerpo Médico Forense, que resolverá si realmente es necesario que el hombre deje de cumplir la estricta prisión domiciliaria y pueda salir de su casa a diario para practicar ejercicios.

Está condenado, pero pudo viajar a Chile

Durante el mes pasado, otro hombre que cumple una condena de la justicia federal por el delito de explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena agravado por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, logró un permiso para viajar a su país de origen, Chile.

Como ocurrió con el caso del hombre que pretende salir a jugar al paddle, la fiscalía federal mostró su total rechazo a la pretensión de la defensa.

Sin embargo, el juez que intervino consideró que el condenado podía dejar el país para ir a ver a su madre y solo advirtió que debía avisar a su defensor si su permanencia en el país vecino se iba a extender más allá de lo previsto.

El ingreso al anexo penal de Senillosa que tiene la U9. Los presos, en el salón de usos múltiples donde conviven gran parte del día. En uno de los talleres fabrican cepillos para su futura venta.

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Agustín Martínez

El polémico permiso fue otorgado a Raúl Edgardo Castillo Villablanca, quien cumple su castigo en forma condicional. La causa que involucra al hombre atravesó distintas instancias y, el año pasado, se resolvió que cumpla su condena de manera condicional, es decir, sin ningún tipo de restricción de su libertad. Lo resuelto generó un gran malestar en la fiscalía, que decidió impulsar un recurso de casación.

La fiscalía reclama un castigo efectivo

La resolución que benefició al condenado, oriundo de Cutral Co, se conoció a principios de noviembre de 2024 y generó una gran sorpresa en la fiscalía porque el castigo que debe cumplir el hombre es de 5 años de cárcel efectiva. Sin embargo, se estableció la condicionalidad de la medida y, de esta manera, evitó ir a la cárcel.

Desde la parte acusadora presentaron la casación e hicieron hincapié en que lo resuelto por el juez de Ejecución debe ser anulado. A la hora de mencionar sus argumentos, la fiscalía indicó que hay “arbitrariedad del decisorio -en cuanto posee una fundamentación aparente y sin apoyo normativo ni jurisprudencial válido-; exceso de las facultades propias del Juez de Ejecución; y errónea aplicación de la ley sustantiva en violación de Tratados y Convenciones Internacionales de Protección de Derechos Fundamentales”.